Estado Plurinacional de Bolivia /Servicio Nacional de Propiedad Intelectual

Senapi: Normativa Planificada y Presupuesto en Ascenso para proteger la Propiedad Intelectual

La Paz, 1 de Junio del 2022

Una Gestión por Resultados

La Paz, 31 de mayo de 2022 (ACS – Senapi).- El Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (Senapi) entidad desconcentrada del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, realizó hoy, la Audiencia de Rendición Pública de Cuentas Inicial Gestión 2022, con el objetivo de mantener a la población informada sobre las metas, planes y presupuesto programado para este año; mostrando transparencia y compromiso social.

Para el Director General Ejecutivo del Senapi, Gregorio Mamani Quispe, la interacción con la población permitirá incentivar el registro de la propiedad intelectual, toda vez que, para esta gestión, se ha programado formular y reforzar normativa para la protección del derecho intelectual, tomando en cuenta la Agenda Patriótica 2025, El Plan de Desarrollo Económico Social y el Plan Sectorial de Desarrollo Integral del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural.

“ Comunicarles que ya estamos realizando el trabajo de la elaboración de la Ley de Propiedad Intelectual una norma que es muy sentida y que carecemos para un mejor funcionamiento de esta oficina nacional competente de la Propiedad Intelectual, así mismo, debemos hacer conocer a la sociedad civil, que nosotros ya hemos presentado a las instancias pertinentes el ante proyecto de Ley de Saberes Ancestrales y Conocimientos Tradicionales, una norma que va a proteger toda nuestra riqueza, de nuestros ancestros, que nos han trasmitido de generación en generación (…) que hasta hoy, algunos sectores particularmente en el área rural, lo practicamos día a día”. señaló Mamani

Por otra parte, indicó que las recaudaciones por concepto de registro, van en constante crecimiento y que esto requerirá mayor personal para atender las demandas de nuestros clientes.

“El Senapi, producto de una buena administración, producto de un buen trabajo (…) está logrando hacer las recaudaciones en mayor cantidad, un porcentaje mayor en relación a años anteriores y eso también va a requerir el concurso de mayor cantidad de profesionales, para que se brinde un mejor servicio a la sociedad. Sostuvo.

El Senapi tiene proyectado recaudar en la presente gestión, Bs19.009.172; en el marco del Decreto Supremo 27938, del 20 de diciembre de 2004, que señala que las actividades del Senapi serán financiadas por ingresos propios provenientes de las recaudaciones por cobros en la prestación de servicios inherentes al cumplimiento de la misión institucional. Recordemos que la recaudación promedio anual, de los últimos seis años, fue de Bs18.132.393

Normativa

El Artículo 241, parágrafo II, de la Constitución Política del Estado dispone que la sociedad civil organizada ejercerá el control social a la gestión pública en todos los niveles del Estado, y a las empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que administren recursos fiscales.

En ese marco, el Artículo 33 de la Ley Nº 341, de 5 de febrero de 2013, Ley de Participación y Control Social, dispone que es obligación del Estado respecto a la Participación y Control Social, realizar periódicamente procesos de rendición pública de cuentas económicas, políticas, técnicas, administrativas y evaluación abierta de resultados de gestión en el marco del plan estratégico institucional y la planificación operativa anual.

Para tal efecto, el Artículo 37 de la Ley Nº 341 dispone lo siguiente:

Los Órganos del Estado, las entidades territoriales autónomas y las entidades públicas del Estado Plurinacional, realizarán rendiciones públicas de cuentas y evaluación de resultados de gestión, ante la sociedad en general y ante los actores que ejercen Control Social en particular.

Las entidades públicas y privadas que administran recursos fiscales y/o recursos naturales, tienen la obligación de convocar formalmente a los actores de Participación y Control Social que correspondan, a los procesos de rendición pública de cuentas; la difusión del informe deberá realizarse por escrito y en la página web de la entidad con anticipación de quince días calendario a la realización del acto.

Una vez realizada la rendición pública de cuentas, los actores sociales podrán verificar los resultados y en su defecto pronunciarse sobre los mismos, debiendo quedar refrendada en un acta.

El Senapi, en cumplimiento de la Ley Nº 341, ha venido desarrollando periódicamente sus procesos de rendición pública de cuentas económicas, políticas, técnicas, administrativas y evaluación de la gestión por resultados en el marco del Plan Estratégico Institucional y la Planificación Operativa Anual.